Saltar al contenido
Home » Actualidad » Gastos deducibles en el IRPF para autónomos que trabajan en casa

Gastos deducibles en el IRPF para autónomos que trabajan en casa

Si desarrolla su actividad profesional desde su vivienda habitual, y comparte la titularidad con su pareja... ¿Sabe qué gastos puede deducirse en el IRPF?

Gastos de la vivienda

Podrá deducirse en el IRPF los siguientes gastos:

  • Gastos de titularidad: Podrá deducirse los gastos de titularidad de la vivienda (IBI, comunidad, seguros, amortización, intereses de préstamos por compra…) en proporción a la parte del inmueble que utilice en su actividad.
  • Suministros:  Podrá deducirse el 30% de los gastos de suministros (teléfono, luz, internet, agua, gas…), también en proporción a la parte del inmueble utilizada en su actividad.

Vivienda en común

Si la vivienda no es de su propiedad al 100% porque comparte la titularidad con su conyuge, podrá deducirse los mismos gastos, tanto de titularidad como de suministros, tanto si su régimen matrimonial es de gananciales o de separación de bienes.

En cambio, si no está casado y comparte la titularidad de la vivienda con su pareja de hecho, podrá deducirse solamente los gastos proporcionales a su porcentaje de titularidad.

Si está casado, se podrá deducir los mismos gastos que si fuera el titular único de la vivienda. Si no, será deducible solamente el porcentaje correspondiente a su titularidad.

Si necesita asesoramiento, puede contactar con nosotros por teléfono al 952 22 80 06 o por email: asesoria@sintas.es